martes, 23 de junio de 2015

Cartilla Laboral

CARTILLA LABORAL
Contrato de trabajo
¿Qué es?
Es un acuerdo entre dos personas, que consta de prestar un servicio a una persona ya sea natural o jurídica, que está bajo una subordinación o dependencia a cambio de una remuneración
Elementos de contrato de trabajo
1.       La presencia del trabajador para realizar su labor
2.       La dependencia y subordinación del empleador hacia el trabajador
3.       Una remuneración como retribución a la labor realizada

Clases de contrato
Contrato a término indefinido
En este tipo de contrato las partes acordadas determinan la duración del contrato, se puede hacer de forma verbal o escrita

Contrato a término fijo
Este se hace de manera escrita, su duración no puede superar los tres años, podrá ser: a término fijo inferior a un año o a término fijo entre 1 y 3 años. Para que este contrato se dé por terminado se debe de dar un a viso de tres días hábiles, antes de dar por terminado el contrato, si esto no se lleva a cabo se renueva el contrato por la misma cantidad de tiempo que le contrato estipula. Cuando un contrato es a término fijo inferior a 1 año, este se podrá prorrogar hasta tres veces

Contrato de obra o labor
Este contrato dura le tiempo que dura la obra que se realizara y el contrato se establecerá el tipo de labor que se realizara

Periodo de prueba
“la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del patrono, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo “
Se consagra: CST (artículo 76)

Duración del periodo de prueba
Este no puede exceder los dos meses.
 

Pagos laborales
Salario mínimo
Es el que todo trabajador tiene derecho a con el objetivo de cubrir sus  necesidades básicas y las de su familia. El salario mínimo que se ha establecido en el 2015 es de $644.350, para los trabajadores que laboral jornadas superiores a la legar, se les pagara proporcional a las horas laboradas

Jornada ordinaria
Son las que las partes hayan convenido, y la jornada máxima legal es de 8 horas al día.

Trabajo diurno y nocturno
El trabajo diurno-ordinario se establece de las 6:00 a.m. a las 10:00 p.m. y el trabajo nocturno se establece de las 10:00 p.m. a las 6 a.m.

Horas extras
Es el que se labora más allá de la jornada ordinaria, las cuales no puede exceder las 2 horas diarias, si así se establece se deberá pedir una  autorización del Ministro de Protección Social

Hora Diurna 0%
Hora Nocturna 35%
Hora Extra Diurna 25% 
Hora Extra Nocturna 75%
Hora Diurna Festiva  75%
Hora Nocturna Festiva 110%
Hora Extra Diurna Festiva 100%
Hora Extra Nocturna Festiva 150%         

Descanso dominical remunerado
Cuando se haya laborado todos los días hábiles de la semana, es obligatorio conceder al trabajador un descanso remunerado en domingo, o el sábado cuando se acuerda este día, cuando se labora en domingo se remunera con un recargo del 75% sobre el salario ordinario, con un día de descanso compensatorio en la semana siguiente.

Días Festivos
Además de los domingos, el trabajador tiene derecho al descanso remunerado en los días señalados como festivos. En el evento de que el trabajador labore el día festivo, este se remunera con un recargo del 75% sobre el salario ordinario y con un día de descanso compensatorio remunerado en la semana siguiente.


Prestaciones sociales
Son los beneficios legales que el trabajador tiene derecho, con el fin de cubrir sus necesidades y prevenir riesgos que se pueden originar durante la jornada laboral.

Prima de servicios
Se pagan 15 días de salario, por el tiempo de trabajo o proporcional, estas se pagan el 30 de junio y el 20 de diciembre o al terminar el contrato laboral.

Cesantías
Es un beneficio que recibe el trabajador, que tiene como objetivo brindarle una subsistencia al terminar el contrato laboral, estas se liquidan el 31 de diciembre de cada año laborado y se depositaran a más tardar el 15 de febrero del año siguiente.

Intereses de cesantías
En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.

Aportes parafiscales
Las empresas deben estar registradas en una caja de compensación familiar, con el fin de que sus trabajadores reciban beneficios como: el subsidio para los hijos menores de edad, servicios de capacitación, vivienda y recreación. Estos se otorgar los 10 primeros días de cada mes y equivales al 4% de monto de la nómina.

Auxilio de trasporte
En el año 2015 se ha registrado un monto de $74.000, este de le da a los trabajadores que devenguen hasta de dos SMLV mensuales.

Seguridad social
 Tiene como objetivo brindarles a los trabajadores y a sus familias, una protección integral en la invalidez, vejez y muerte, para cubrir los riesgos que puedan afectar su salud.

Pensión
Este tiene como objetivo cubrir riesgos de invalidez, vejes y muerte, esta contribución es del 16.5% del salario del empleado, las cuales se dividen de la siguiente manera: 12.5% que está a cargo de empleador y el 4% que le corresponde al trabajador.

Salud
Esta estableció que el sistema de salud debe atender al trabajador y a su familia en caso de que si salud está afectada, que contribuye al 12.5%: que el 8.5% está a cargo del empleador y el 4% a cargo del empleado.

Riesgos laborales

Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios.

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