jueves, 25 de junio de 2015

Acoso Laboral



Acoso Laboral
“Conducta persistente y demostrable, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo“
Ley 1010 de 2006

Modalidades de acoso laboral
          1.      Maltrato laboral
·           Ataca la integridad física, psicológica, moral y sexual del trabajador.
·           Expresarse al empleado utilizando un lenguaje soez, vulnerando su integridad, intimidad o moral
·           Cualquier comportamiento que vulnere la autoestima del empleado

2.        Persecución laboral
          Cualquier actividad que conlleve el  exceso de trabajo, cambio permanente de horario, que tenga como la renuncio de un empleado
          3.      Discriminación laboral
          Menospreciar a algún trabajador con su condición social, raza, religión, género, origen familiar, etc.
          4.      Inequidad laboral
    Asignar funciones a los empleados con el fin de que su trabajo se vea menospreciado
          5.      Entorpecimiento laboral
          Obstaculizar el cumplimiento de la laboral de los trabajadores con el fin d que su trabajo se vea perjudicado
          6.      Desprotección laboral
          Hacer que el trabajador realice sus labores en condiciones precarias, perjudicando sus salus, protección y seguridad
 

Conducta que contribuye al acoso laboral
           1.      Agresión física.
           2.      Expresiones hostiles
           3.      Injustificadas amenazas de despido
           4.      Descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo
           5.      Burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir.
           6.      Alusión pública a hechos íntimos
           7.      Asignación de deberes extraños a la obligación laboral y exigencias desproporcionadas.
           8.      Los horarios excesivos, cambios bruscos de turno, trabajar domingos y festivos sin                        fundamento.
           9.      Trato discriminatorio.
          10.  Negativa de permisos, licencias
          11.  Injurias 
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Conducta que no contribuye al acoso laboral
          1.      Actos para ejercer potestad disciplinaria.
          2.      Exigencias razonables de fidelidad laboral o lealtad empresarial.
          3.      Memorandos solicitando exigencias técnicas o eficiencia laboral, conforme a indicadores objetivos.
          4.      Solicitud de deberes extras para la continuidad del servicio.
          5.      Terminar el contrato de trabajo por justa causa (C.S.T)
          6.      Exigir cumplimiento de Deberes y obligaciones del C.S.T Arts 55 al 57 y 59 – 60.
          7.      Exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en contratos y cláusulas de trabajo.

Conductas atenuantes
         1.   Obrar en estado de emoción o pasión excusable.
         2.      Disminuir la conducta o anular sus consecuencias.
         3.      Reparar discrecionalmente el daño causado
         4.      Conductas de inferioridad psíquica.
         5.      Vínculos familiares y afectivos
         6.      Manifiesta provocación o desafío.

Conductas agravantes
         1.      Reiteración de la conducta.
         2.      Concurrencia de causales.
         3.      Realizar la conducta por humillación o mediante precio o promesa remuneratoria.
         4.      Actuar mediante ocultamiento que dificulte la defensa del ofendido, o la identificación del autor.
         5.      La posición predominante que el autor ocupe en la sociedad.
         6.      Actuar valiéndose de un tercero o un inimputable.
         7.      Cuando se cause un daño en la salud física o psíquica del sujeto.

Sanciones
1.         Cometida por servidor público, falta Gravísima del Código Disciplinario único.
2.         Terminación del contrato sin justa causa cuando el trabajador renuncie o abandone el cargo. Indemnización Art. 64 C.S.T
3.         Multa entre 2 y 10 SMLV para quien lo realice y la persona que lo tolere.
4.         Pagar hasta el 50% a EPS y ARP por el tratamiento de EP y demás secuelas originadas en el Acoso Laboral
5.         Justa causa para la terminación del contrato de trabajo por parte del trabajador particular y también será justa causa de terminación o no renovación del contrato de trabajo cuando el acoso sea ejercido por un compañero de trabajo o un subalterno.

Garantías
1.         Sin efecto terminación unilateral del contrato o destitución de la victima
2.      No Aplica para despidos autorizados por el Ministerio de la Protección social.

Queja infundada
Sanción con multa entre ½ y 3 SMLV

Caducidad
6 meses después de la ocurrencia de los hechos.

Bienes jurídicos protegidos
  1.      El trabajo en condiciones dignas y justas.
  2.      la libertad.
  3.      la intimidad
  4.      la honra
  5.      la salud mental de los trabajadores
  6.      la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral
  7.      El buen ambiente en la empresa.

Sujetos activos o autores del acosos laboral
        1.      Gerente, jefe, director, supervisor.
        2.      La persona natural que se desempeñe como trabajador o empleado público.
        3.       La persona natural que induzca, favorezca u omita cumplir las sanciones.

Victimas de acosos laboral
Los trabajadores o Empleados sujetos a una relación de trabajo. Los jefes inmediatos


Participantes del acoso laboral
  1.    Empleador.
  2.  La persona que incumplan los requisitos o amonestaciones.

Mecanismo de prevención y corrección
         1.      El Comité Obrero Empleador.
         2.      Actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes c      comparten una relación laboral dentro de la empresa


Actividades de prevención y corrección
        1.      Información a los trabajadores sobre la Ley 1010 de 2006.
        2.      Espacios de diálogo.
        3.      Diseño y aplicación de actividades.
        4.      Formular las recomendaciones.
        5.      Examinar conductas específicas.
        6.      Efectuar capacitación.


Procedimiento para realizar la denuncia del acoso laboral
 1.      Denuncias que se harán de manera escrita, de manera detallada y a la cual se le anexaran pruebas
  2.      La autoridad que reciba la denuncia deberá proceder a analizar la evidencia
  3.      Para buscar un solución  se escucharan los argumentos de ambas partes  

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